sábado, 5 de octubre de 2013

Sobre Google Street View, nuestra privacidad y nuestros datos...

En esta semana, Google Argentina comenzó a recorrer con sus pintorescos vehículos las calles de Buenos Aires y otras ciudades de Argentina, dando comienzo a la recopilación de imágenes, mediante la tecnología Street View (GSV),  para sus servicios Google Earth y Google Maps. Los autos poseen una cámara de 15 lentes que permite fotografiar en 360° con láseres que determinan las distancias de las imágenes, una computadora que ejecuta el sistema asi como un disco rígido donde se almacenan las imágenes capturadas. Las fotos luego son procesadas para lograr una imágen panorámica unificada a través de un proceso técnico que puede llevar entre ocho meses y un año. De acuerdo a Google, una vez capturadas las imágenes, se les aplica un proceso computarizado a través de los cuales los rostros de las personas y las patentes de los autos son difuminados - lo que en la jerga se conoce como blurring. Florencia Sabatini, manager de RRPP de Google Argentina, negó además que los equipos utilizados intercepten comunicaciones inalámbricas, tales como las que se efectúan mediante la tecnología Wi-Fi. Agregó ademas que, a pesar del tratamiento de las imágenes, los usuarios que consideren que las imágenes violan su privacidad o son inadecuadas para su publicación podrán solicitar a Google la remoción de las mismas.

La llegada de este servicio a nuestras costas ha despertado polémica entre abogados y especialistas en seguridad informática. A poco de haber comenzado con sus operaciones, en la ciudad de La Plata se presentó una acción de amparo por parte de un abogado de aquella ciudad, porque el mismo consideraba que el servicio afectaba su derecho a la privacidad establecido en el artículo 19 de la Constitución Nacional. La misma fue rechazada por la justicia platense con base en que "se tratarían de imágenes tomadas en la vía pública, y en la medida en que estas no sean sacadas de contexto afectando derechos constitucionales, no existe arbitrariedad ni ilegalidad manifiesta" (para una copia del fallo haga click aqui). Desde la doctrina, Pablo Palazzi aseguró que Google no puede violar la privacidad de las personas porque su rostro será difuminado, así como que no se puede esperar privacidad de edificios ni de lo que ocurre en la vía pública. Para Miguel Sumer Elias, en cambio, a través de la violación al derecho a la imagen podría llegarse a menoscabarse también el derecho a la privacidad o intimidad, no alcanzando con el blurring ya que las personas pueden ser identificadas por el modo en que visten y por otras características corporales y físicas. De acuerdo a Facundo Malaureille Peltzer, la tecnología Street View puede efectivamente violar la normativa vigente - específicamente la ley 25326 - ya que el artículo 5to requiere el consentimiento de la persona para que se obtengan sus datos.



Algunas consideraciones respecto de esta temática. Es realmente auspicioso que el desembarco del GSV  haya disparado en la sociedad la discusión acerca de que tan en peligro se encuentran nuestros derechos a la privacidad, a la intimidad e incluso a la imagen propia, en tiempos donde florecen los dispositivos de captura de imágenes, tanto fijos como portátiles. Respecto de lo anterior, pensemos lo siguiente: ¿cuantas veces, desde que atravesamos la puerta de nuestro hogar para realizar nuestras actividades diarias, nuestra imagen (y la de todo lo que eventualmente nos acompaña, como nuestro vehículo) es capturada por decenas, sino por cientos de cámaras? En edificios privados y públicos, cocheras, calles, autopistas, ingresos a countries y clubes por citar solo algunos ejemplos de como el derecho a la privacidad va quedando diluido en la medida que la tecnología "gana la calle". Por supuesto, a lo anterior podemos sumar los millones de dispositivos portátiles con cámara incorporada, que hacen que cualquiera pueda tomar instantáneas de nuestra vida sin que siquiera nos demos cuenta - recordemos el caso Chicas Bondi. Esto dispara otra pregunta: ¿sabemos realmente que es lo que hacen estos individuos u organizaciones con nuestras imágenes en tanto datos? Desde el punto de vista meramente práctico, ¿iniciaríamos acciones contra cada uno de estos posibles infractores de la LHD, en tanto almacenadores de nuestra imagen? Desde nuestro lugar de operadores jurídicos debemos pensar y obrar con mucho cuidado, ya que podríamos caer en la simplificación de accionar contra los deep pockets por el solo hecho de tener respaldo financiero para afrontar posibles condenas judiciales.

Para finalizar, creemos que es importante defender nuestros derechos como ciudadanos y hacerlos respetar en tanto profesionales del Derecho, pero sin que ello implique a priori vulnerar otros tan legítimos como el derecho al comercio y la posibilidad de ser parte de los últimos avances tecnológicos. Que el árbol de Google no nos tape el bosque en donde se encuentran en peligro otros derechos. Nada mas ver la esclarecedora nota de Eduardo Bertoni en el diario La Nación para darnos cuenta por donde pasa hoy el peligro respecto de nuestros datos, peligro real y no posible.

Fuentes:

http://tecnologiayproductosgoogle.blogspot.com.ar/2013/10/arranca-street-view-de-google-maps-en-argentina.html
http://www.iprofesional.com/notas/171414-Google-Street-View-el-negocio-detrs-de-las-fotos-en-las-ciudades-y-la-privacidad-de-las-personas-como-lmite