jueves, 13 de mayo de 2010

Debe pagar porque un tercero hizo descargas desde su red personal

De acuerdo a la noticia aparecida hoy en el suplemento Tecnología del diario La Nación online, el tribunal supremo alemán (BGH) condenó a una persona al pago de los gastos legales originados en ocasión de una demanda formulada por el titular de los derechos sobre una canción que fue descargada ilegalmente de la Red. Esto no pasaría de ser una condena mas de las que habitualmente se dictan respecto de la infracción sobre derechos de propiedad intelectual; la diferencia está en que la condenada no fue quien cometió el ilícito, sino que un autor o autores desconocidos perpetraron la bajada al momento en que la persona responsable de la dirección IP se encontraba de vacaciones.

El tribunal consideró que las medidas de protección standard contra accesos no autorizados que brinda el proveedor de servicios de Internet no fueron suficientes para evitar dicho ingreso; por lo que le atribuyó el carácter omisivo a su conducta al no haber dispuesto otras medidas protectivas adicionales.

En relación con nuestro ordenamiento jurídico, entendemos que el uso no autorizado de una red de Internet "abierta" (el típico ejemplo de las redes wi-fi caseras sin protección alguna) no constituye un delito penal; si en el caso que posean cualquier tipo de bloqueo a la entrada, ya que entonces quedaría englobada dicha acción en lo tipificado en el artículo 153 bis de nuestro Código Penal. En cuanto a la responsabilidad civil del titular de la red, podría quedar englobada tanto en una del tipo subjetiva (la omisión en proteger el acceso de terceros no autorizados) asi como del tipo objetiva (por ser el dueño o guardian de la cosa, en este caso la dirección IP que permite el acceso de la red a Internet).

domingo, 9 de mayo de 2010

YouTube y su posible llegada a la Argentina

En el diario La Nación del día de hoy, fue publicada una nota de Ariel Torres referida al posible desembarco del sitio de videos YouTube en nuestro país. Interesante desde el punto de vista del Derecho es la descripción que hace Verónica Grand, directora de Comunicación Global y Asuntos Públicos de la firma, de la política de análisis de los videos subidos por los usuarios al sitio. Espero les guste.

sábado, 8 de mayo de 2010

Para la justicia alemana, Rapidshare no es culpable

En estos días apareció una noticia en relación con el fallo de una corte de apelaciones alemana, mas precisamente de la ciudad de Dusseldorf, que declaró que Rapidshare, el popular sitio de file hosting no era responsable por los archivos que sus usuarios subieran al sitio,;asi como que no existian medios materialmente razonables para controlar dichos uploads sin infringir las leyes locales sobre copias para uso privado.

Rapidshare había sido demandado por la distribuidora alemana de cine Capelight por la distribución de películas sobre las cuales esta última tenía los derechos de distribución. El tribunal de primera instancia había dictaminado una medida cautelar que obligaba al sitio al monitoreo activo del mismo para asegurar que ningún archivo violara derechos de propiedad intelectual. El tribunal de alzada dejó sin efecto esta medida.

Quedó esablecido que Rapidshare no construye ni administra ningún tipo de índice o motor de búsqueda para uso público, en cambio, son los propios usuarios del sistema los que deciden que link o no publicar (Rapidshare funciona bajo el sistema de one - click hosting, es decir, el usuario sube al sitio uno o mas archivos y a cambio este le devuelve un enlace, desde el cual se pueden descargar fácilmente los elementos). Asimismo, el tribunal declaró que el hecho de que algunos usuarios hagan abuso del sistema no convierte en responsable a Rapidshare "per se". En cuanto a las medidas tecnológicas ordenadas en primera instancia, el tribunal entendió que en el estado actual del arte son muy fáciles de evadir, y que implementar un sistema manual (es decir operado por humanos) es practicamente imposible.

Como dijimos en el primer párrafo, la ley alemana permite la copia de archivos de todo tipo para su uso personal (lo que se técnicamente se conoce como la doctrina del "fair use"). e inclusive compartirlos bajo determinadas condiciones. El tribunal dictaminó que, el uso de filtros de acceso al sitio podría violar legítimos derechos de los usuarios a cargar y compartir archivos permitidos por ley. Como nota final, para hacer una comparación con nuestra legislación positiva, la ley 11723 no permite la copia para uso privado, con la única excepción de los programas de computación, sobre los cuales se puede hacer una única copia para propósitos de resguardo (backup); y tampoco el compartir archivos de ningún tipo.