miércoles, 21 de agosto de 2013

No hay celos que valgan, amenazar por Facebook puede salir muy caro

En un fallo dictado por la Sala IV de la Cámara del Crimen porteña, fue confirmado el procesamiento de un hombre por el delito de amenazas, efectuadas contra su expareja a través de la red social Facebook y por mensajes de texto. En la causa “R., J. C. s/ Procesamiento”, la defensora oficial del imputado presentó apelación sobre la elevación a juicio, lo que motivó la intervención de este Tribunal superior.

En los considerandos, el Tribunal no solamente encuentra sustento para la imputación en la declaración de la víctima, sino que también, considera prueba válida tanto los mensajes de texto intercambiados como las conversaciones mantenidas a través de Facebook. En el análisis global de las pruebas, los jueces encontraron "una intimidación idónea para infundir temor a su destinataria, en tanto fueron dirigidas con el objeto de reiniciar la relación amorosa o bien a cuestiones vinculadas a celos del imputado".

Además la Sala desestima la intención defensista en cuanto al valor de las palabras, ya que entiende que al ser vertidas por medios escritos, no fueron consecuencia de la ira u ofuscación propia de un encuentro personal careciendo por lo tanto del contexto de inmediatez, es decir, entiende el Tribunal que el procesado tuvo el tiempo suficiente para meditar todas y cada una de las palabras emitidas en la conversación digital.

Por las consideraciones formuladas, los jueces confirmaron todo lo que fuera materia de recurso.

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