jueves, 3 de noviembre de 2011

Administradora de fondos acuerda pagar U$S 65 millones para evitar juicio por errores de programación de software

El día martes pasado, la administradora de fondos estadounidense AXA Rosenberg, unidad de negocios del conglomerado francés AXA SA, acordó pagar la suma de 65 millones de dólares a un grupo de inversores para que estos levanten un juicio iniciado en su contra. AXA Rosenberg fue demandada debido a las pérdidas que causó un fallo de programación en el software, el cual impidió a la compañía evaluar correctamente los riesgos empresarios. Este acuerdo se suma a dos previos donde AXA Rosenberg ya había pagado 242 millones a clientes y al gobierno de los Estados Unidos.

De acuerdo a lo descripto en la demanda, el error de programación fue introducido en el software en enero del 2007, llevando a los clientes a tomar riesgos excesivos que de otra manera no hubieran sucedido. El error fue encontrado en junio del 2009 y solucionado cinco meses mas tarde, pero no fue revelado sino hasta el año 2010, cuando la SEC (Securities and Exchange Commision - organismo estadounidense regulador de la actividad bursátil)  comenzó a investigar el asunto. Ni la empresa ni Barr Rosemberg (fundador de la administradora) aceptaron ninguna culpabilidad ni error al presentar el acuerdo.

Entendemos que este caso es un claro ejemplo de los riesgos que se corren en la empresa al no tener una política clara de administración del software. Si el mismo es desarrollado in-house, se debe seguir y asegurar que se cumpla todo el proceso SQA (Software Quality Assurance) y que sus resultados estén de acuerdo con los estándares internacionales de calidad, tal como el ISO 9000/1 y el modelo CNMI. Ahora, si el producto es adquirido de un tercero, se deben exigir del mismo especificaciones claras, las correspondientes garantías asi como evitar eventuales renuncias de responsabilidad. En ambos casos, también es importante realizar auditorias informáticas periódicas, preferentemente hechas por entes externos a la empresa, para que de esa manera sus resultados no se vean influenciados por cuestiones internas de la compañía. Por supuesto, no menos importante es tener un buen asesoramiento legal respecto del software en tanto activo de la empresa. Items como derecho de uso, número de licencias permitidas, manejo de información confidencial o marcada como secreto comercial, depósito del código fuente bajo control de un tercero (escrow), planes de contingencia por imposibilidad de ejecutar el o los programas que puedan conducir a reclamos posteriores, son solo algunos de los que se deben tener en cuenta. No hacerlo puede llevar a resultados claramente indeseados, tal el caso antes descripto.

Fuente: http://www.wallstreetandtech.com/data-security/231902106?cid=nl_wallstreettech_daily

lunes, 15 de agosto de 2011

Mesa redonda "Las nuevas tecnologías y las relaciones laborales" en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires

Con motivo de la realización en nuestro país del XV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática (http://www.xvcongresofiadi.com.ar) el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires organizó una serie de Jornadas Preparatorias del mismo. El próximo martes 23 a las 18:30 horas se estará desarrollando la segunda Jornada, una mesa redonda sobre "Las nuevas tecnologías y las relaciones laborales", a la cual quedan todos invitados.


martes, 12 de julio de 2011

Curso virtual: Administración 2.0. Realidades y posibilidades del gobierno y la administración electrónica - Campus Virtual AULA CAVILA - UNLP

Para aquellos interesados en la temática de Gobierno y Administración Electrónica, se encuentra abierta la inscripción para el curso virtual a dictarse en el Campus Virtual AULA CAVILA-UNLP (www.cavila.unlp.edu.ar). El mismo está destinado a complementar la formación de grado incorporando las nociones necesarias para la gestión pública en el marco de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, haciendo hincapié sobre el marco jurídico nacional, supranacional, leyes y normativas sobre aspectos relevantes y su vínculo con la gestión gubernamental. En el flyer adjunto podrán encontrar mayor información.








lunes, 11 de julio de 2011

Revista Digital El Derecho Informático Nº 8 - Julio 2011

Estimados, tengo el gusto de anunciar el último número de la Revista Digital El Derecho Informático,  excelente emprendimiento de los amigos Guillermo Zamora y Marcelo Temperini, aparecida en el día de la fecha. Espero la disfruten.

Para leerla online hacer click aqui

lunes, 4 de julio de 2011

Redes sociales y divorcios: una sociedad cada vez mas firme

Ya no es una novedad. Las redes sociales han dejado de ser algo de iniciados para convertirse en un fenómeno de masas. Entre las dos mas conocidas, Facebook y Twitter, suman aproximadamente ochocientos millones de usuarios (el número representaría un poco mas del diez por ciento de la población mundial). Las relaciones humanas están cambiando. Costumbres sociales se han modificado. Hoy publicamos en sus muros fotos, pensamientos, gustos, opiniones, tristezas, amores y separaciones. Nos permiten hacer nuevas amistades, conocer otras culturas y costumbres, en definitiva, crecer como seres humanos.

Esta introducción viene a cuento de cuan importante es la huella que dejamos en el mundo virtual que representan las redes sociales. Todo lo que escribimos queda, y como veremos, puede ser usado tanto en nuestro favor como en nuestra contra. Si bien no es algo nuevo (ya habíamos hecho referencia al tema - ver entrada en este blog) toma cada vez mas fuerza el utilizar los datos de las redes sociales como pruebas en juicios de divorcio. Un artículo del portal Technology Review revela que son cada vez mas los abogados que realizan mining de información en las redes buscando revelar casos de infidelidad, bienes ocultos u otros aspectos "secretos" de la contraparte. Según una encuesta del año 2010, el ochenta y un por ciento de los abogados de familia norteamericanos han incrementado el uso de las redes sociales para recabar datos que ayuden a sus clientes para ganar sus demandas.

El artículo cita a modo de ejemplo, el caso de un hombre que contrata los servicios de un estudio de asesoramiento legal, debido a que sospechaba que su mujer estaba ocultando su verdadera situación financiera. Los investigadores encontraron en Facebook fotos públicas de ella vacacionando en lugares tales como Aruba y Maui, asi como posts en Twitter que mostraban el trabajo que ella realizaba en un restaurant de su familia. Toda la información recopilada fue utilizada por la firma para establecer la situación económica real de la mujer.

Los datos pueden ser obtenidos de varias maneras. En Twitter y Facebook no es raro ver parejas discutiendo su situación sentimental o económica vía mensajes. Como muchos usuarios no protegen adecuadamente sus perfiles, esta información aparece de forma pública. Es mas, aún restringiendo al máximo que información se mostrará públicamente, todavía es posible encontrar datos importantes. Por ejemplo,  la red Foursquare mantiene los posteos limitados entre amigos, pero si se conecta tal red al feed de Twitter, la ubicación de los usuarios se convierte en pública.

Aqui aparece una cuestión interesante, tanto desde el punto de vista social como desde el investigativo. Luego de un divorcio, los (ex) esposos son renuentes a borrar los contactos relacionados con su "contraparte". El motivo principal es que consideran "hostil" dejar de seguirlos. Entonces estos (ex) amigos en común pueden comentar los cambios en el estado o cualquier otra información bajada en los perfiles de la (ex) pareja; dejándola disponible mediante el análisis de sus perfiles. Por lo tanto, mas allá que alguien se "desconecte" de la red social o elimine a su conyuge, siempre habrá información disponible.

A modo de cierre, algunas consideraciones. Esta visto que las cuestiones de privacidad en el mundo de la Web 2.0 pueden afectar todos los ángulos de la vida de una persona.  Es muy importante entonces,  en tanto usuarios de una red social, pensar con detenimiento antes de lanzar al ciberespacio una frase, una foto o el lugar donde estamos en determinado momento. Como siempre decimos, en Internet la única certeza que tenemos es donde y cuando empieza todo. Donde y cuando termina, no. Todavía estamos lejos del "derecho al olvido" en la Red. Hasta ese momento, debemos ser harto precavidos.

Fuente: http://www.technologyreview.com/web/37943/page1/

jueves, 16 de junio de 2011

Se presentó en el Senado estadounidense un proyecto de ley sobre privacidad en teléfonos celulares y smartphones

En el día de hoy, dos senadores estadounidenses presentaron un proyecto de ley tendiente a regular el manejo de la información que recolectan teléfonos móviles inteligentes y ciertas aplicaciones que corren en ellos. Su objetivo apunta a mejorar la privacidad de los usuarios de estos sistemas así como mantenerlos informados acerca de como son usados sus datos. 

En los considerandos,  se citan datos referidos a incidentes ocurridos en ocasión de haber sido manipulados los datos de geolocalización, así como ciertas estadísticas referidas su uso sin autorización de los portadores de los equipos. La cuestión pasa porque las leyes federales del país del norte permiten a las compañías que obtienen los datos de posición de los celulares y smartphones, cederlos sin consentimiento de los usuarios. Por el entrecruzamiento de normas legales, la información de un usuario que haga una llamada telefónica desde su móvil a una empresa no podrá ser dada por la operadora telefónica sin su consentimiento, mientras que si ese mismo usuario usa ese mismo teléfono para buscar datos de la misma empresa en Internet, la telefónica es libre de compartir la información con quien quiera, excepto con el gobierno.

Por lo tanto, esta proyecto pretende cubrir dichos baches legales, estableciendo que cada operadora telefónica que obtenga información respecto de la posición de un dispositivo móvil requiera el consentimiento expreso del usuario del mismo para almacenar tales datos, así como para compartirlos con terceras partes.  Además fija penas para los usuarios de las llamadas  "stalker-apps" (aplicaciones que recogen y revelan información de geolocalización de manera ilegal) en la medida que las mismas causen violencia doméstica o acoso por tal revelación; asi como para quienes dolosamente recopilen y vendan datos de ubicación geográfica de niños menores de once años.

Fuente: Washington Post - http://www.washingtonpost.com/blogs/post-tech/post/franken-blumenthal-introduce-mobile-privacy-bill/2011/06/15/AGjZqCWH_blog.html?wpisrc=nl_tech

Aqui el resumen del proyecto de ley (en inglés)